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Sistema de Compras Públicas de la Ciudad de México/Oportunidades De Negocio

Prestación de servicios de peaje y control de acceso de los corredores de transporte público de pasajeros Metrobús
CERRADO

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Panel de discusión

Proyecto de contratación

El proyecto de contratación aquí presentado es preliminar. Su contenido no es definitivo ni vinculatorio.

Este proyecto se hace de conocimiento público con el fin de ser discutido de forma abierta y transparente.

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Ver índice ANEXO4: Descripción del Sistema de Peaje y Control de Acceso ANEXO 4: Tarjeta de Movilidad Integrada ANEXO 4: Elementos en terminal, estación y autobuses. ANEXO 4: Dispositivo de conteo de ascensos y descensos (DCU) ANEXO 4: Torniquete de entrada (TQE) ANEXO 4: Torniquete de salida (TQS) ANEXO 4: Puerta de cortesía o garita (PSC) ANEXO 4: Terminal Venta y Carga Completa (TVMC) ANEXO 4: Terminal de Venta y Recarga Ligera (TVML) ANEXO 4: Centro de atención al usuario (CAU) ANEXO 4: Elementos externos, Terminal móvil para supervisión (TMS) ANEXO 4: Sistema de videovigilancia (SVV) ANEXO 4: Sistema de suministro eléctrico ANEXO 4: API para interacción con medios de pago ANEXO 4: Sistema central ANEXO 4: Requerimientos de almacenamiento y procesamiento en nube ANEXO 4: Verificación de datos en base de datos ANEXO 4: Requerimientos de información mínima disponible ANEXO 4: Gestión de información del sistema de peaje y control de accesos en el Sistema Central que Metrobús determine ANEXO 4: Canales de comunicación ANEXO4: Alcance para pago con código de barras 2D ANEXO 4: Validadores ANEXO 4: Sistema central ANEXO 4: Alcance para pago con medios de pago EMV sin contacto ANEXO4: Validadores ANEXO 4: Terminales móviles para supervisión ANEXO 4: Sistema central ANEXO 4: Recaudo y depósito del dinero ANEXO 4: Depósitos al Fideicomiso ANEXO 4: Recaudo de dinero por canales digitales (Códigos de barra 2D, Tarjeta bancaria y EMV sin contacto). ANEXO 2: Inventario de equipos para el sistema de peaje y control de acceso ANEXO 7: Instalación y puesta en marcha del sistema de peaje y control de acceso ANEXO 7: Pruebas previas a la instalación ANEXO 7: Etapa de Transición fuera de terminales, estaciones y parabuses ANEXO 7: Puesta en marcha ANEXO 7: Implementación de alcances para pago con códigos de barras 2D y medios de pago EMV sin contacto ANEXO 7: Penas Convencionales ANEXO 8: Mantenimiento y atención de contingencias para el sistema de peaje y control de acceso ANEXO 8: Programa de Mantenimiento ANEXO 8: Monitoreo de equipos y gestión de órdenes de mantenimiento ANEXO 8: Programa de Atención de Contingencias ANEXO 9: Factor de calidad y penas convencionales del sistema de peaje y control de acceso ANEXO 9: Factor de calidad ANEXO 9: Penas convencionales ANEXO 10: Desinstalación de equipos del sistema de peaje y control de acceso ANEXO 11: Cálculo contraprestación a empresa de peaje
ANEXO 7: Pruebas previas a la instalación

Pruebas de aprobación de requisitos técnicos

  • Con el objetivo de verificar de forma independiente o conjunta el cumplimiento de la totalidad de los requisitos técnicos de los componentes del alcance principal descritos en el “Anexo 4”: Especificaciones técnicas del Sistema de Peaje y Control de Acceso, “LA EMPRESA” debe realizar una prueba a una unidad de cada equipo descrito en el “Anexo 2”: Inventario de Equipos para el Sistema de Peaje y Control de Acceso y de la totalidad del software listado en el “Anexo 3”: Inventario de Software para el Sistema de Peaje y control de acceso. Para la ejecución de las pruebas se debe contar con un ambiente controlado que simule las condiciones de operación del sistema.
  • Estas pruebas deben ser acompañadas por personal de Metrobús y/o quien este designe. Por lo tanto, “LA EMPRESA” informará la fecha de ejecución con mínimo cinco (5) días hábiles de antelación.
  • Para la ejecución de las pruebas de requisitos técnicos, “LA EMPRESA” debe suministrar para aprobación de Metrobús un conjunto de protocolos de pruebas donde describa los procedimientos de ejecución. Cada protocolo debe contener como mínimo la siguiente información:
  • Título de la prueba
  • Objetivo de la prueba
  • Nombre del equipo/equipos o sistema sometidos a prueba
  • Listado de funcionalidades o requerimientos técnicos que hacen parte de la prueba
  • Descripción detallada del procedimiento a realizar durante la prueba
  • Formato para registro de ejecución y resultados de la prueba el cual debe contener como mínimo:
    • Lugar donde se realiza la prueba
    • Fecha y hora de inicio y fin de la prueba
    • Equipo/equipos o sistema
    • Descripción clara de la funcionalidad o requerimiento técnico a probar
    • Tipo de prueba (Prueba práctica/documental)
    • Resultado de la prueba (Cumple/No Cumple)
    • Campo para Observaciones
    • Firmas participantes
  • “LA EMPRESA” debe presentar un protocolo de pruebas para cada equipo o conjunto de equipos del alcance principal descritos en el “Anexo 2”: Inventario de Equipos para el Sistema de Peaje y Control de Acceso y de la totalidad del software listado en el “Anexo 3”: Inventario de Software para el Sistema de Peaje y control de acceso.
  • Si el “Tipo de prueba” es prueba práctica, Metrobús podrá emitir sus dictámenes conforme al funcionamiento obtenido y los cambios o actualizaciones por realizar, así como las mejoras que sean necesarias, sin que esto represente un costo adicional para el Fideicomiso.
  • Adicionalmente Metrobús validará que la escritura en la tarjeta sea de acuerdo con la especificación técnica establecida. Así mismo, validará que la inserción en la base de datos sea de acuerdo con la especificación establecida. En caso de encontrar inconsistencias en la información observada, “LA EMPRESA” debe subsanar los hallazgos encontrados previo a la instalación.
  • Una vez finalizadas las pruebas, “LA EMPRESA” entregará un informe del resultado de las pruebas. Si existiere un resultado “no cumple” durante la ejecución de las pruebas, “LA EMPRESA” informará a Metrobús las acciones que realizará para subsanar y solicitará específicamente la verificación de la funcionalidad o requerimiento técnico en el que se presentó el incumplimiento. En caso de que persista el incumplimiento y este no pueda ser subsanado e impida el inicio de operaciones en tiempo y forma, se aplicará la pena convencional correspondiente.
  • El cumplimiento del 100% de las pruebas es prerrequisito para realizar las pruebas piloto.

Pruebas piloto

  • “LA EMPRESA” debe ejecutar para la línea 6 y para la línea 7, una prueba piloto que incluya el retiro de los equipos actualmente instalados y la instalación de los nuevos equipos en una estación seleccionada de común acuerdo con Metrobús.
  • Para la ejecución de la prueba piloto “LA EMPRESA” debe certificar que el sistema central de peaje y control de acceso hospedado en la nube, los canales de comunicaciones, el software de gestión eléctrica, el software de gestión de videovigilancia, el servicio de SAM local, y todos aquellos componentes o aplicativos que “LA EMPRESA” considere necesarios, se encuentran plenamente operativos.
  • “LA EMPRESA” suministrará a Metrobús con mínimo diez (10) días hábiles de antelación los procedimientos y requerimientos para coordinar con las empresas de peaje que operan en la línea 6 y en la línea 7 para la ejecución de la prueba piloto.
  • Las pruebas piloto deben ser acompañadas por personal de Metrobús y/o quien este designe. Por lo tanto, “LA EMPRESA” informará a Metrobús la fecha de ejecución con mínimo cinco (5) días hábiles de antelación para contar con el personal correspondiente que acompañará las pruebas.
  • Es responsabilidad de “LA EMPRESA” verificar el estado de las instalaciones eléctricas y de datos, y realizar las adecuaciones y arreglos necesarios para la instalación de los equipos del sistema de peaje y control de acceso, para la prueba piloto y para la instalación en cada terminal o estación de la línea 6 y en cada terminal, estación o parabús  de la línea 7 del Sistema Metrobús.
  • Para que sea considerada exitosa la prueba piloto, Metrobús confirmará que cada uno de los equipos instalados en la estación mantienen de forma independiente o conjunta el cumplimiento de los requisitos técnicos descritos en el “Anexo 4”: Especificaciones técnicas del Sistema de Peaje y Control de Acceso, los cuales fueron verificados durante la ejecución de las pruebas de aprobación técnica. En caso de que se evidencie una falla o mal funcionamiento de un equipo o conjunto de equipos que “LA EMPRESA” no pueda subsanar e impida la ejecución de la prueba piloto y el inicio de la instalación en terminales, estaciones o parabuses con terminales de recarga (TVML), se aplicará la pena convencional correspondiente.
  • Con base en los resultados de las pruebas piloto, “LA EMPRESA” debe proponer un proceso que estandarice el retiro y la instalación de los nuevos equipos, especificando como mínimo secuencia de instalación, tiempos, personal y herramientas. Este documento debe ser utilizado y validado en campo durante los procesos de instalación y será retroalimentado si fuera necesario.
  • La ejecución exitosa de la prueba piloto es prerrequisito para ejecutar el proceso de instalación de equipos de la respectiva Línea donde fue ejecutada la prueba.

Actividades de instalación

  • “LA EMPRESA” será el único responsable de la instalación de los equipos y sistemas informáticos correspondientes al sistema central y de las comunicaciones descritos en el “Anexo 2”: Inventario de Equipos para el Sistema de Peaje y Control de Acceso y con el software listado en el “Anexo 3”: Inventario de Software para el Sistema de Peaje y control de acceso. incluyendo el personal necesario para las tareas de instalación, adecuación de áreas en terminales, estaciones o parabuses con terminales de recarga (TVML y TVML), y demás actividades que sean necesarias para garantizar la continuidad de servicio al usuario en los horarios de operación de Metrobús.
  • Antes de ejecutar el proceso de instalación de equipos en una terminal, estación o parabús, “LA EMPRESA” debe confirmar a Metrobús que la consolidación de la información transaccional de los servidores espejo de la línea 6 y de la línea 7 se está realizando.
  • “LA EMPRESA” debe presentar en las mesas de trabajo a Metrobús el estado de avance de instalación de forma detallada e informar los problemas detectados y su solución o posibles soluciones.
  • “LA EMPRESA” es responsable de llevar a cabo todas las adecuaciones que se requieran en terminales, estaciones, parabuses con terminales de recarga (TVML), centro de control de “LA EMPRESA” y oficinas de Metrobús durante la instalación y puesta en marcha de los componentes del sistema de peaje y control de acceso y asumir los costos correspondientes.
  • “LA EMPRESA” es responsable de asumir los costos de las pruebas productivas del funcionamiento de los equipos en las estaciones que realice METROBÚS.
  • Todo el cableado estructurado debe estar documentado y etiquetado bajo la norma ISO/IEC 14763-1 o la norma EN 50174-1. “LA EMPRESA” debe entregar a Metrobús una copia de esta documentación antes del inicio de la operación de la última línea.
  • La implementación del nuevo sistema de peaje y control de acceso por parte de “LA EMPRESA” contempla la interacción durante la instalación con las empresas de peaje que finalizan la operación en la línea 6 y en la línea 7. Con base en esto se abordará una etapa de transición, la cual tiene como objetivo garantizar la continuidad de servicio al usuario y la articulación durante esta etapa.
  • Durante la etapa de transición se contempla la consolidación de la información transaccional de los equipos espejos de las líneas 1 a 7 al nuevo sistema central hospedado en la nube.

Etapa de Transición en terminales, estaciones y parabuses

  • Esta etapa tiene como objetivo garantizar la continuidad de servicio al usuario y la articulación de las actividades de retiro de equipos en terminales, estaciones y parabuses (en donde se encuentren instaladas terminales de recarga) por parte de las empresas de peaje que finalizan la operación en la línea 6 y en la línea 7  y las actividades de instalación por parte de “LA EMPRESA” de los equipos descritos en el “Anexo 2”: Inventario de Equipos para el Sistema de Peaje y Control de Acceso ubicados en terminales, estaciones y parabuses con terminales de  recarga (TVML).
  • “LA EMPRESA” debe informar a Metrobús los incumplimientos que se presenten en el cronograma del retiro de equipos por parte de las empresas de peaje que finalizan la operación.
  • “LA EMPRESA” debe realizar las adecuaciones eléctricas que sean necesarias en cada estación, que permitan el normal funcionamiento de cada equipo. Los equipos deben operar a 110 voltios +/- 10, cumpliendo con la norma oficial mexicana NOM-001-SEDE-2005, así como con las normas NEMA y ANCE, aplicables.
  • “LA EMPRESA” debe instalar y preparar los equipos de comunicaciones (COM) para realizar la transmisión de datos (bidireccional) entre los equipos instalados en la terminal o estación y el sistema central para la prueba de puesta en marcha.
  • “LA EMPRESA” debe instalar y preparar los torniquetes de entrada (TQE), torniquetes de salida (TQS) y puertas de cortesía (PSC) con sus respectivos validadores (VAL) para la prueba de puesta en marcha.
  • “LA EMPRESA” debe instalar y preparar las terminales de venta y recarga completas (TVMC) para la prueba de puesta en marcha.
  • “LA EMPRESA” debe instalar, adecuar y preparar los centros de atención a usuarios (CAU) para la prueba de puesta en marcha.
  • “LA EMPRESA” debe instalar las UPS (Uninterruptible Power Supply) y planta eléctrica/generador eléctrico. Todos los equipos deben estar conectados a la UPS, igualmente la instalación eléctrica debe estar preparada para el uso de la planta eléctrica para la prueba de puesta en marcha.
  • “LA EMPRESA” debe instalar y preparar los NVR (Network Video Recorder) y Cámaras IP para la prueba de puesta en marcha.
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