Establecer los aspectos que se deben observar para la integración de las propuestas técnicas que desarrollen la descripción detallada sobre el diseño, fabricación, suministro, pruebas, y puesta en servicio de “Los Trenes”, para su debida integración a la operación en la Línea de Tren Ligero, destinados a la prestación del servicio que administra el Servicio de Transportes Eléctricos de la Ciudad de México.
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Proyecto de contratación
El proyecto de contratación aquí presentado es preliminar. Su contenido no es definitivo ni vinculatorio.
Este proyecto se hace de conocimiento público con el fin de ser discutido de forma abierta y transparente.
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La Propuesta Técnica deberá integrar un Programa de Trabajo mediante el cual se realice la descripción detallada del alcance de cada etapa del Proyecto, así como un cronograma de trabajo, en Grafica de Gantt, con la duración estimada, como mínimo, de las siguientes etapas del proyecto:
“El Proveedor” entregará al “STE” toda la documentación técnica necesaria para la operación y mantenimiento de “Los Trenes” y sus componentes, tanto propia como proveniente de terceros, por lo que será responsabilidad contar con las autorizaciones correspondientes para transmitir dicha información al “STE”.
Los documentos que deberán ser elaborados y entregados por “El Proveedor” previo a la entrega provisional de “Los Trenes”, serán los siguientes:
Manuales de capacitación para operación y el mantenimiento.
“El Proveedor” entregará al “STE” toda la documentación técnica necesaria para la operación y mantenimiento (preventivo, correctivo y mayor) de “Los Trenes” y sus componentes, tanto propia como proveniente de terceros. “El Proveedor” adjudicado se obliga a exigir a sus proveedores dicha documentación técnica y autorización para transmitirla al STE.
Toda la documentación técnica deberá presentarse en idioma español y las características serán expresadas en unidades del Sistema Métrico Internacional. Para el caso de que exista documentación técnica en idioma diferente al español, podrá presentarse en el idioma del país de origen del sistema o componente, acompañada de una traducción simple al español.
La Documentación Técnica deberá desarrollarse empleando formatos estandarizados, que contendrán la razón social del fabricante, fecha de elaboración, identificación del documento (nomenclatura o número de plano) y numero de versión del documento (revisión).
“El Proveedor” deberá entregar en medio magnético y tres ejemplares impresos de toda la Documentación Técnica para revisión por parte del “STE”, quien analizará y emitirá los comentarios correspondientes para corrección por parte de “El Proveedor”, o en su caso, otorgará el visto bueno para la emisión de los documentos técnicos definitivos.
“El Proveedor” deberá en entregar al “STE” la Documentación Técnica definitiva, una vez atendidas las observaciones y en su caso las actualizaciones que hubieren derivado de alguna modificación a los sistemas durante el periodo de Garantía Normal. La Documentación Técnica definitiva se entregará en tres tantos impresos y en medio magnético previo a la firma del Acta de Liberación de Garantía Normal.
Toda la Documentación Técnica deberá entregarse impresa y en medio magnético, en formato PDF con reconocimiento óptico de caracteres OCR. Adicionalmente, los planos de construcción deberán entregarse en archivo digital editable desarrollado en sistema CAD.
Para vigilar el cumplimiento de la especificación técnico-funcional que regula la fabricación de “Los Trenes”, el “STE” realizará a consideración, labores de supervisión de fabricación y supervisión de aplicación del control de la calidad, durante las etapas de fabricación y pruebas.
“El Proveedor” proporcionará al personal de supervisión del “STE” todas las facilidades para el desempeño de sus funciones, permitiendo libre acceso a sus instalaciones, así como a las de sus asociados y suministradores
El “STE” podrá establecer residencias de tiempo completo en las plantas de “El Proveedor”, quien se obligará a proporcionar las instalaciones, los equipos y el apoyo necesario para cumplir satisfactoriamente sus labores.
Durante cualquier inspección para el aseguramiento de la calidad, “El Proveedor” está obligado a presentar al personal de supervisión, todos los planos y documentos necesarios del equipo o proceso a evaluar, debidamente autorizados, con el fin de comprobar el apego a los mismos y el cumplimiento de la especificación contractual. Adicionalmente, el proveedor deberá entregar al “STE” copia de los expedientes que contengan los protocolos y resultados de todas las pruebas realizadas durante el proceso por su departamento de control de calidad.
El “STE” en función de los Protocolos de pruebas proporcionados por “El Proveedor” podrá ordenar ejecutar las pruebas que estime convenientes, a fin de constatar parámetros que generen incertidumbre sobre procesos de fabricación y control de la calidad. En este caso “El Proveedor” proporcionará las muestras y probetas necesarias sin cargo alguno para el “STE”, validará los resultados que se obtengan y aplicará las medidas que de dichos resultados se deriven. Los costos generados por estas pruebas serán cubiertas por “El Proveedor”.
Durante la fabricación de “Los Trenes” y de sus componentes, la Supervisión del “STE” podrá rechazar los materiales o trabajos ejecutadas deficientemente o que no se ajusten a lo especificado, debiéndose reemplazar o rehacer, hasta la entera satisfacción del “STE”.
Los retrasos que puedan presentarse en la fabricación de “Los Trenes” a causa del rechazo de materiales, componentes y/o equipos que no cumplan con las condiciones especificadas serán imputables a “El Proveedor”, lo que no le dará derecho a prorrogar los plazos de entrega, aumentar los precios, ni a pedir indemnización alguna.
Para establecer el plan general de supervisión, así como los programas correspondientes, “El Proveedor” adjudicado deberá presentar al “STE”, dos meses antes del inicio de la fabricación, el plan general de aseguramiento de la calidad, que utilizará en el proyecto, en el que se detallen todas las fases que constituyen el proceso de fabricación, como son: recepción de materiales, fabricación de componentes y subensambles, procesos de fabricación, procesos de ingeniería y métodos, inspección de instrumentos de medición y herramientas, calificación de soldadores y pruebas.
Dicho documento deberá ser lo suficientemente amplio y claro, a fin de conocer los procedimientos de control de calidad que “El Proveedor” efectuará en este proyecto.
Una vez concluida la fabricación de “Los Trenes” y con la evidencia satisfactoria de la realización de las Pruebas FAT, así como las pruebas especificadas en los protocolos correspondientes y cuyos resultados, en ambos casos, satisfagan los requerimientos del STE, “El Proveedor” elaborará un acta de autorización de embarque, indicando la numeración de cada Tren. Esta acta será firmada por los representantes del “STE” y del “El Proveedor”.
Anexo a dicho documento, el proveedor proporcionará al “STE”, en tres copias, el expediente completo con los registros siguientes:
El transporte y la protección de “Los Trenes”, así como la integridad de los equipos durante su traslado, desde la fábrica y hasta las instalaciones del “STE”, será total responsabilidad de “El Proveedor” en tanto no se formalice el “Acta de Recepción Provisional”.
Al arribo de “Los Trenes” a las instalaciones del “STE”, “El Proveedor” y el “STE” realizarán de forma conjunta, una revisión general del estado físico de cada Tren, con el objeto de constatar las condiciones en que se recibe en las instalaciones del “STE”.
“El Proveedor” adjudicado elaborará un “Acta de Recepción de Embarque y Traslado” para cada Tren, indicando las condiciones generales y los daños observados si es que los hubiere, siendo responsabilidad de “El Proveedor” adjudicado realizar las reparaciones correspondientes durante la etapa de acondicionamiento.
Una vez que se haya efectuado el traslado de “Los Trenes” a las instalaciones del “STE”, “El Proveedor” iniciará su acondicionamiento con el propósito de lograr su puesta en operación.
Para el mencionado acondicionamiento, se efectuarán las siguientes actividades:
Estas actividades se desarrollarán atendiendo al protocolo que para tal efecto establecerán el “STE” y “El Proveedor” de manera conjunta, con la premisa de que serán efectuadas por el personal de “El Proveedor”, quedando bajo su responsabilidad la correcta ejecución de estos trabajos. El “STE” realizará las supervisiones que considere pertinentes.
Al concluir las actividades correspondientes al acondicionamiento, “El Proveedor” notificará a la supervisión del “STE” con la finalidad de dar inicio a la fase de pruebas.
Las Pruebas SAT a realizar a “Los Trenes” se dividirá en 5 grupos:
“El Proveedor” deberá proporcionar; para validación por parte del “STE”, previo a la formalización del Acta de Recepción Provisional, los Protocolos de Prueba para su realización.
Será responsabilidad de “El Proveedor”, contar con los aparatos, dispositivos o instrumentos de medición necesarios para realizar todas las pruebas.
Durante la ejecución de las pruebas estáticas y dinámicas que se efectuarán en el taller y vía respectivamente, el “STE” actuará como coordinador del programa establecido, en tanto “El Proveedor” adjudicado lo hará como ejecutor y responsable de las pruebas. Para las pruebas dinámicas el “STE” facilitará los operadores necesarios para realizar las maniobras a que haya lugar.
“El Proveedor” se hará cargo de las pruebas de los equipos de control de la conducción en forma integral, apoyado por el proveedor del mismo, a través de la coordinación del “STE”.
Las pruebas de asentamiento serán realizadas por “El Proveedor”. Estas pruebas tendrán como objeto comprobar que el funcionamiento del conjunto y en partes es correcto y que “Los Trenes” cumplen con las prescripciones exigidas en el contrato y sus documentos de apoyo.
Las pruebas TIPO del funcionamiento del Tren se llevarán a cabo en el primer Tren fabricado, previo a su puesta en servicio, con la participación del “El Proveedor”, los fabricantes de los equipos principales y el “STE”.
La recepción provisional se realizará para cada Tren, cuando haya superado las pruebas señaladas en el apartado “ACONDICIONAMIENTO Y PRUEBAS”, se haya entregado la documentación técnica señalada en el numeral 9.1 de la presente Especificación Técnica, así como los Certificados de Calidad y/o los resultados obtenidos de la ejecución de las Pruebas FAT, y “El Proveedor” en conjunto con el “STE” concuerden que el Tren se encuentra en condiciones de operar en servicio normal.
Para efecto de lo anterior, el “STE” elaborará un “Acta de Recepción Provisional”, mediante la cual se hará constar que el Tren ha superado el periodo de acondicionamiento y pruebas estáticas y dinámicas y que sus sistemas se encuentran en estado funcional, asimismo determinará la fecha de inicio de cómputo de los periodos de garantía correspondientes.
El “Acta de Recepción Provisional” será firmada por los representantes técnicos del “STE” y “El Proveedor”.
Se elaborará un “Acta de Recepción Definitiva” para cada Tren, una vez transcurrido los plazos de garantía (normales y particulares); así como sus correspondientes ampliaciones, y cumplidos los niveles de fiabilidad y disponibilidad a entera satisfacción de la propiedad. Siempre y cuando no existan fallas sistemáticas ni vicios ocultos.
Disponible en formato PDF
Que se documente con fotografías validadas por el fabricante y quien recibe
Deberían incluir la entrega de manuales de capacitación